UNIVERSAL MUSIC COLOMBIA S.A.S
(En adelante, “Universal”)
Los siguientes son los términos y condiciones (los “TyC”) de la Actividad. Por el hecho de participar en el mismo, se entiende que usted ha leído y aceptado los presentes Términos y Condiciones.
Nombre de la Actividad
“¡PARTICIPA EN ESTA MARATON PARA VER A KEANE!”
(la “Actividad”)
Para efectos de la presente Actividad, se tendrá a UNIVERSAL MUSIC COLOMBIA S.A.S (portadora del NIT 800’246’963-6), como la organizadora de la misma Actividad y por ende Universal será la única encargada de la coordinación, ejecución, y en general cumplimiento de la Actividad.
Todos aquellos que deseen participar en la Actividad lo harán a nombre propio, quedarán excluidos de la actividad aquellos que actúen a nombre de un tercero, en especial cuando dicho tercero no cumpla con los demás requisitos exigidos en los TyC.
Todas aquellas personas que deseen participar en la Actividad deberán seguir los pasos señalados a continuación (la “Dinámica” o las “Reglas de la Actividad”).
NOTA: Universal podrá repetir cualquiera de los pasos antes descritos si, a su juicio, determina que las condiciones en las cuales se ha venido desarrollando la Actividad han sido injustas o han afectado a uno o varios de los participantes. En consecuencia, las fechas y tiempos antes detallados pueden verse afectados en el transcurso de la Actividad.
El incumplimiento de cualquiera de estos pasos, al igual que cualquier otra exigencia o condición establecidas en estos TyC, harán que usted el concursante (a entera discreción de Universal) sea descalificado y por ende no sea elegible para ser acreedor del Obsequio.
La Actividad se llevará a cabo entre el día diez (10) de marzo de 2024 y el veintinueve (29) de octubre de 2024. (la “Vigencia”)
Solo podrán participar aquellas personas naturales que residan legalmente en la República de Colombia.
Al respecto, Universal se reserva el derecho de solicitar copia de el o los documentos, relativos a quien desee participar, con miras a comprobar el cumplimiento de este requisito. Lo anterior implica que Universal podrá solicitar copia de uno o varios documentos en caso de que haya duda (a juicio de Universal) respecto de si se cumple con este requisito.
Solo podrán participar aquellas personas naturales que el día de inicio de la Vigencia de la actividad tengan como mínimo dieciocho (18) años de edad.
Al respecto, Universal se reserva el derecho de solicitar copia de el o los documentos, relativos a quien desee participar, con miras a comprobar el cumplimiento de este requisito. Lo anterior implica que Universal podrá solicitar copia de uno o varios documentos en caso de que haya duda (a juicio de Universal) respecto de si se cumple con este requisito.
No podrán participar empleados, directivos, prestadores de servicios (y sus empleados) o contratistas (y sus empleados) de Universal, o personas con parentesco de hasta cuarto (4°) grado de consanguinidad o afinidad de cualquier de los anteriores.
Se escogerán cuatro (4) Ganador(es), quienes serán aquellas personas que hayan sido los primeros en responder las publicaciones correspondientes hecha por Universal conforme a la Dinámica de la Actividad y cumplan con todos los TyC. Para estos efectos, Universal podrá a su entera discreción solicitarle al participante ganador la impresión de pantalla de confirmación de registro, no tenerlo puede significar su descalificación.
Al respecto, si Universal determina que la información que ha suministrado el Ganador durante el desarrollo de la Actividad es insuficiente para individualizarlo a efectos de contactarlo y/o entregar el Obsequio, Universal podrá descalificar a dicho Ganador y dar aplicación a lo señalado en el Numeral 9.4 de estos TyC.
8.1. Cada uno de los ganadores se hará acreedores de alguno de los siguientes:
(A) El ganador de la Etapa I se hará acreedor de un (1) vinilo álbum “Cause and Effect” de Keane
(B) El ganador de la Etapa II se hará acreedor de un (1) Vinilo álbum “Under The Iron Sea” de Keane
(C) Los ganadores de la Etapa III tendrán derecho a lo siguiente:
(i) El primer ganador se hará acreedor de una (1) Entrada doble localidad general para el concierto de Keane que se llevará a cabo el 23 de noviembre de 2024 en la ciudad de Bogotá, Colombia.
(ii) El segundo ganador se hará acreedor de un (1) Vinilo álbum “Cause and Effect” de Keane
(en adelante, los “Obsequios”).
8.2. Se aclara que respecto de cualquiera de los Obsequios Universal NO está obligado al pago de costos de transporte asociados a dichos Obsequios y/o el(los) Ganador(es); a modo de ejemplo, más no limitativo, esto incluye el transporte del Ganador hacia las oficinas de Universal, transporte del Obsequio al domicilio del Ganador, entre otros.
8.3. El obsequio (al igual que cualquier derecho adicional, incluido, más no limitado a pases de parqueadero) es personal e intransferible y no es reembolsable o canjeable por dinero en efectivo ni abono en cuenta.
8.4. Conforme a lo antes señalado, está prohibida la venta (o enajenación a cualquier título) del Obsequió a terceros al igual que cualquier tipo de enajenación a título oneroso. Lo anterior, so pena de que Universal descalifique al ganador y/o vete a este último de futuras actividades realizadas por Universal.
8.5. Universal únicamente se encuentra obligado frente a los ganadores a entregar como obsequio lo indicado en este apartado. Universal no será responsable de ningún costo adicional (ej. transporte), actividad, trámite (ej., permisos migratorios) o requisitos que no hubiese asumido expresamente en estos términos y condiciones.
8.6. Universal no es responsable por hechos imprevistos que se presenten y que afecten el disfrute del Obsequio (incluyendo, más no limitándose, a la cancelación del concierto). En ese sentido, Universal podrá cancelar la Actividad incluso después de haber anunciado el(los) ganador(es), para lo cual notificará a el(los) ganador(es) por el medio escrito que considere más expedito.
9.1. Los ganadores serán anunciados de la siguiente manera:
(A) El ganador de la Etapa I será anunciado a más tardar el veintisiete (28) de junio de 2024 a las 23:59:59 horas
(B) El ganador de la Etapa II será anunciado a más tardar el treinta (31) de agosto de 2024 a las 23:59:59 horas
(C) El ganador de la Etapa III será anunciado a más tardar el treinta (31) de octubre de 2024 a las 23:59:59 horas
Universal comunicará los ganadores a través del medio de comunicación que a juicio de este resulte más expedito. Universal informará cómo y dónde deberán reclamar el obsequio.
9.2. Universal contactará al(los) Ganador(es) de conformidad con la información de contacto que estos mismos hayan dispuesto a efectos de participar en la Actividad. Universal no se hace responsable de cualquier indebida notificación resultante de errores en la información suministrada y o inconvenientes propies del medio de comunicación empleado. Así, a modo ejemplificativo (más no limitativo) Universal no será responsable de correos electrónicos que sean marcados por la plataforma correspondiente como “spam” o “correo no deseado”.
9.3. Posterior al anuncio, el(los) ganador(es) deberá(n) enviar un mensaje con los datos indicados por Universal, a la dirección de correo electrónico digital.andina@umusic.com, con el fin de enviarle(s) la información detallada del proceso para hacer efectivo el Obsequio.
9.4. A partir de la fecha de recibo del correo electrónico indicado en el punto anterior, cada ganador tendrá un máximo de veinticuatro (24) horas para reclamar el Obsequio.
Si luego de transcurrido el plazo de tiempo antes descrito, el ganador no se ha puesto en contacto con Universal y/o haya indicado que no puede/desea reclamar el Obsequio, el ganador perderá el derecho a reclamar el Obsequio y, si el tiempo faltante para la realización del concierto lo permite, este derecho será concedido al concursante que ha quedado en el siguiente lugar en el ranking de clasificación, quien, a su vez, tendrá veinticuatro (24) horas para reclamar el Obsequio. En ese caso, las veinticuatro (24) horas serán contadas a partir del momento en que se le notifique a dicho usuario que es el nuevo ganador.
En caso de que el concursante que se ha tenido por ganador, tampoco se ponga en contacto, y el tiempo faltante para la realización del concierto lo permita, se procederá a notificar al siguiente en el ranking de clasificación y así sucesivamente hasta que el Obsequio quede en manos de un concursante.
Respecto de los ganadores de la Etapa III, en caso de que lo descrito en el presente numeral sea aplicable al primer ganador, el segundo ganador pasará a ser el primer ganador y Universal designará un nuevo segundo ganador.
Esta misma dinámica aplicara en caso de que Universal evidencie que cualquiera de los concursantes aparentemente ganadores no haya cumplido con la totalidad de los TyC.
9.5. Salvo que se indique expresamente lo contrario en algún otro aparte de estos términos y condiciones, o en el correo electrónico que será enviado a los ganadores, la entrega del Obsequio se realizará en la Calle 103 No. 19 – 60 (Piso 3); en la ciudad de Bogotá, Colombia. La fecha y hora para recoger el Obsequio será aquella que sea informada por Universal al concursante ganador. La entrega del Obsequio se realizará de forma personal al ganador, por lo cual, Universal no hará su entrega a nadie distinto del(os) ganador(es), aun si se exhibe un poder o autorización para el efecto.
Universal no será responsable de ningún costo o trámite (ej., compra de boletos de avión y los costos de los mismos) en que deba incurrir el Ganador para presentarse en el lugar y horario de entrega del Obsequio.
Los Concursantes declaran entender que la entrega del Obsequio podrá estar sujeta a demoras imputables a terceros (p. ej. demoras aduaneras, tiempos de transporte e importación, entre otras). Por lo tanto, Universal no se compromete a entregar el Obsequio dentro de un periodo de tiempo diferente a aquel que le fue indicado al ganador mediante correo electrónico conforme a lo antes señalado.
9.6. Si el(los) Concursante(s) ganador(es) no asiste(n) al lugar y hora de entrega del Obsequio, perderá(n) totalmente el derecho a reclamar el Obsequio y, de ser posible, se dará aplicación a lo indicado en el Numeral 9.4. de este apartado.
Loa participantes de la Actividad deberán:
10.1. Seguir los pasos de la Dinámica al pie de la letra.
10.2. Obrar de buena fe y no realizar maniobras fraudulentas y/o contrarias a estos términos y condiciones.
10.3. Los participantes tienen prohibido:
(A) Realizar cualquier práctica abusiva, restrictiva, de acoso o amenaza en contra de los demás participantes y/o de terceros.
(B) Publicar, transmitir, facilitar la publicación o transmisión de contenidos obscenos, pornográficos, difamatorios, abusivos, ofensivos, profanos o que en forma alguna violen derechos de terceros.
(C) Utilizar la actividad o la plataforma empleada con fines ilegales.
(D) Utilizar la actividad o la plataforma empleada para la obtención de datos o información de terceros.
(E) Publicar contenido protegido por derechos de autor o propiedad industrial que no le pertenece, o del cual no cuenta con las autorizaciones necesarias.
(F) Interferir o intentar interferir con el funcionamiento adecuado del sitio de la actividad.
(G) Universal se reserva el derecho de admisión al momento de ingresar al evento en línea. Para tales efectos al momento de ingresar a través de zoom, los nombres y apellidos de los asistentes deberá coincidir con aquellos registrados, de lo contrario no se les permitirá acceder al evento.
(H) Universal podrá a su total discreción durante el evento apagar los micrófonos/cámaras de los asistentes, así como limitar el chat del evento. Así mismo, Universal a su total discreción y en cualquier momento, podrá retirar de la plataforma del evento a cualquier participante.
(I) Entregar a Universal la información necesaria con el fin de hacer efectivo el Obsequio, tales como su nombre completo, número de cédula, correo electrónico y número de celular.
10.4. Los participantes ganadores declaran entender que el Obsequio puede estar sujetos a variaciones de último minuto respecto de sus condiciones de tiempo, modo y lugar (por ejemplo, conciertos y “Meet & Greets”). Universal hará sus mejores esfuerzos para informar con antelación al ganador sobre dichas variaciones. En caso de que el Obsequio principal sea imposible de realizar por un hecho no atribuible a Universal, Universal no será responsable por ningún daño o perjuicio causado a los ganadores.
11.1. Universal tendrá el derecho (mas no la obligación) de descalificar en cualquier momento (inclusive, después de anunciado el(los) ganador(es)) a cualquier a participante(s) que, en su opinión razonable, hubiese(n) violado los presentes TyC o hubiese realizado alguna actuación fraudulenta.
11.2. Universal también podrá en cualquier momento (inclusive, después de anunciado el (los) ganador(es)) declarar como no validos alguno o algunos puntos por violar los presentes términos y condiciones y/o ser parte de alguna actuación fraudulenta.
11.3. En caso de que la descalificación de un concursante o la declaratoria de falta de validez de algún o algunos puntos afecten los resultados del concurso y por ende, los ganadores elegidos, el Obsequio se otorgará al siguiente concursante que cumpla con los requisitos, si lo anterior fuese posible.
11.4. Adicionalmente, Universal tendrá el derecho (mas no la obligación) de vetar de participar en futuras actividades, en cualquier momento (inclusive, después de anunciado el(los) ganador(es)) a cualquier a participante(s) que, en su opinión razonable, hubiese(n) violado los presentes términos y condiciones o hubiese realizado alguna actuación fraudulenta.
12.1. Universal podrá suspender o terminar el concurso en caso de que se presente un hecho imprevisto que haga imposible o dificultoso seguir adelante con la actividad (incluyendo, más no limitándose, a la cancelación del concierto). Universal notificará a los participantes por algún medio escrito.
12.2. El participante libera a Universal de toda responsabilidad en caso de que esta última debe suspender o terminar la actividad por las circunstancias indicadas anteriormente.
13.1. Universal tendrá el derecho, más no la obligación, de tomar las acciones previstas en estos términos y condiciones (por ejemplo, descalificar al participante o anular votos) en caso de que un participante viole estos últimos o realice alguna maniobra fraudulenta. En cualquier caso, Universal no será responsable frente a ningún participante por la violación de los presentes términos o condiciones o la realización de una maniobra fraudulenta por parte de otro participante.
13.2. El participante exonera de toda y cualquier responsabilidad a Universal por cualquier tipo de daño que pueda sufrir por causa o con ocasión del disfrute del Obsequio, incluyendo, lesiones o muerte en accidentes durante el transporte terrestre o aéreo; conciertos, y eventos. Es responsabilidad del participante encontrarse afiliado al sistema de seguridad social y/u obtener un seguro que cubra cualquier riesgo contra su vida o integridad con ocasión del disfrute del Obsequio.
Las peticiones quejas o reclamos se deberán dirigir al siguiente correo electrónico digital.andina@umusic.com, las cuales serán atendidas y respondidas por correo electrónico en un plazo no superior a cinco (5) días hábiles, contado a partir del día hábil siguiente de la recepción de la petición queja, queja o reclamo.
La eventual captación y tratamiento de datos personales que se haga durante la actividad se sujetará a lo siguiente:
15.1. Al participar en la presente actividad el participante otorga a Universal su consentimiento previo, expreso e informado para el tratamiento de sus datos personales, de conformidad con lo señalado en la Ley de Manejo de Datos Personales. Como titular de los datos provistos declara que ha sido informado que tiene los siguientes derechos:
(A) Acceder en forma gratuita a los datos proporcionados a Universal que hayan sido objeto de tratamiento;
(B) Conocer, actualizar y rectificar su información frente a datos parciales, inexactos, incompletos, fraccionados, que induzcan a error, o a aquellos cuyo tratamiento está prohibido o no haya sido autorizado;
(C) Solicitar prueba de la autorización otorgada.
(D) Presentar ante la autoridad competente quejas por infracciones a lo dispuesto en la normatividad vigente;
(E) Revocar la autorización y/o solicitar la supresión del dato;
(F) Abstenerse de responder las preguntas sobre datos sensibles.
15.2. Los datos personales suministrados serán incorporados a una base de datos con fines comerciales, publicitarios y de marketing. Universal, tiene como domicilio la Calle 103 # 19 – 60 (piso 3) Bogotá, Colombia. Tel: (+571) 218 51 14.
15.3. El titular del dato podrá solicitar el retiro o bloqueo total o parcial de su nombre de la base de datos, comunicándose por mail a contacto.andina@umusic.com.
15.4. El tratamiento de datos personales por parte de Universal Music Colombia S.A.S se desarrollará con base a las políticas de privacidad indicadas en https://privacy.umusic.com/co/, las cuales son plenamente aplicables a los datos provistos por los participantes. Por favor leerlas antes de participar en la actividad.
15.5. Los participantes autorizan que se utilice su nombre, voz e imagen capturada en fotos, videos y/o comentarios durante la transmisión del evento, o publicados en redes sociales para que sean utilizadas exclusivamente en actividades relacionadas al concurso objeto de este reglamento, por cualquier medio conocido o por conocer, en el territorio de Colombia y de manera indefinida. El participante no recibirá ningún tipo de pago o indemnización adicional al beneficio establecido para la presente actividad por el uso de sus fotos, videos y/o comentarios por lo que queda claro que no habrá ningún tipo de reclamación posterior.
16.1. Cualquier derecho que pueda tener Universal, sobre el nombre, imagen autorizada y voz hablada del artista asociado a la Actividad es acá reservado. Con carácter enunciativo, y no limitativo, Universal no autoriza la explotación separada del nombre, imagen autorizada y/o voz hablada de dicho artista; la fijación de la voz grabada de dicho artista en grabaciones sonoras (“sampling”); ni la utilización de la imagen o nombre de dicho artista en escenarios ajenos a la Actividad.
16.2. Universal será el titular de todos los derechos de propiedad intelectual (de autor; conexos y de propiedad industrial) de toda obra, invención, diseño, signo o cualquier otro bien intangible (en adelante, los “Bienes Intelectuales”) desarrollado con relación a la Actividad. Por consiguiente, Universal podrá explotar dichos derechos en todo el universo; por todo el término de protección legal; para cualquier fin y en todo medio y soporte conocido o por conocerse.
16.3. Universal no está obligada a pagar a los participantes de la Actividad ninguna suma de dinero por cualquier uso o explotación que realice de los Bienes Intelectuales. La propiedad de Universal sobre los Bienes Intelectuales sobrevivirá a la terminación de este acuerdo (sea por la finalización de la Actividad o por cualquier otra causa).